"Cazador que mal tira, pronta tiene la mentira."
Lúa Ediciones junto con Alonso Sánchez Gascón y la Real Federación Española de Caza editan este Diccionario de la Montería y de la Caza Menuda, una ambiciosa obra en 5 volúmenes que contiene más de 5000 palabras, términos, expresiones y dichos cinegéticos.
TABLÓN DE AVISOS:
LAPIDARIO
I.- LA CAZA
A los efectos de este trabajo, aquí interesa la caza como acción de cazar, como el conjunto de actos que el cazador ejecuta con la intención de conseguir capturar, viva o muerta, una pieza de caza. En este sentido, la caza comprende tanto la acción propiamente dicha, como la apropiación material de la pieza, si es que lo consigue. Acción para capturar, eso es la caza.
Si la acción es necesaria e imprescindible, la captura una posibilidad.
Parece que el asunto, para algunos, no está nada claro. ¿Por el mero hecho de estar en posesión de una licencia de caza la Administración pública, el Gobierno, quien sea, debe facilitar a su poseedor un lugar en el que cazar? ¿Qué derechos, en fin, tiene el titular de una licencia de caza?
El derecho y su ejercicio.
Una cosa es tener un derecho (derecho a algo), otra poder ejercitar ese derecho y otra, finalmente, quién garantiza tanto el derecho como su ejercicio práctico. Esto es, una cosa es tener –solo tener, poseer- el derecho a cazar, y otra distinta cosa es poder ejercitar realmente ese derecho, es decir, cazar, tener un lugar para cazar, tener una escopeta para hacerlo y que existan piezas de caza para cazarlas.
Las leyes solo reconocen el derecho a cazar, es decir a obtener la licencia de caza, nada más. Algo parecido nos pasa con el carné de conducir: tenemos derecho a conducir coches y, por tanto, tenemos derecho a sacarnos el carné de conducir, pero no tenemos derecho a que el Estado o las Administraciones públicas nos compren un coche, ni siquiera aunque lo necesitemos para “trabajar”.
El derecho de caza.
Dicen casi todas las leyes de caza que el derecho a cazar corresponde a toda persona mayor de 14 años que haya cumplido los requisitos establecidos a tal efecto. Esto es, el derecho se reconoce no solo por cumplir 14 años, no, además de eso ha de reunir ciertos requisitos, entre los cuales se encuentra la obtención de una licencia de caza. De manera que el derecho se obtiene plenamente cuando se dan estos dos elementos: 14 años, más licencia de caza; si falta uno de los dos, ya no se tiene ese derecho.
El ejercicio del derecho de caza.
Ya tenemos reconocido el derecho a cazar, lo que es tanto como decir que ya tenemos la licencia de caza en nuestro bolsillo.
Así, ¿tenemos ahora también derecho a exigir (a quien corresponda) que nos facilite un lugar (un acotado) para ejercer el derecho a cazar que ya tenemos reconocido? Más aún y puesto que tener un lugar no es suficiente, ¿tenemos derecho a exigir que en ese lugar (acotado) haya piezas de caza a las que poder cazar? No, de ninguna manera. Sencillamente porque el derecho a cazar no es un derecho fundamental, como puede ser el derecho a la vida o a la intimidad personal, etc.
Estamos, sí, en posesión del derecho a cazar, pero –como suele decirse- ahora tenemos que buscarnos la vida por nuestra cuenta, pues en lugar alguno del ordenamiento jurídico se dice que el Estado, las Comunidades Autónomas o las Administraciones públicas competentes tengan la obligación de facilitarnos un lugar para cazar, y como no tienen esa obligación, nosotros tampoco tenemos el derecho a exigírselo. Entonces, ¿qué derecho tenemos?
Qué podemos exigir a los poderes públicos.
Después de lo dicho, parece claro que los que poseemos una licencia de caza lo único a lo que tenemos derecho y podemos exigir es:
En resumen, si cumplimos determinados requisitos tenemos derecho a cazar y a exigir a la Administración que no haga imposible el ejercicio de ese derecho, pero nada más.
Bueno, amigos, estoy desconocido: me voy a incorporar a las nuevas tecnologías y, especialmente, a los nuevos medios y métodos de comunicación. Así que aquí me tenéis dándoos mi parecer acerca de la caza y del medio natural, acerca de lo que dicen las leyes sobre la flora, la fauna y los espacios naturales, protegidos o no. También, como en el teatro, meteré alguna que otra morcilla, al ser posible picante y de Burgos.
Será mi opinión, libre desde luego, y pretendo que, además, esté bien fundada, “o no”, que diría el señor Presidente.
¿Qué de qué pretendo opinar? Pues de lo humano y hasta de lo divino, si es que sé algo, que creo que no, “o sí”. Hablaré o, mejor dicho, escribiré, acerca de asuntos, temas o cuestiones como los siguientes:
Y, bueno, ya irán saliendo otros temas que puedan ser de interés para nuestros lectores. De momento y para abril boca: CAZA, ÉTICA E HIPOCRESÍA y que Dios me pille confesado, que no.